Tal y como comentamos en la reunión de presentación del viaje, os hemos preparado un documento explicativo sobre la necesidad de obtener una Autorización de Viaje para Menores que no viajan con sus padres.
Os recomendamos la impresión del documento adjunto para que lo llevéis con vosotros el día que os acerquéis a una Comisaría de la Policía Nacional o Cuartel de la Guardia Civil, de cara a presentarlo en caso de reticencia por parte del funcionario que os atienda.
Es cierto que hay una cierta controversia por el hecho de que, al requerirse autorización expresa por parte de ambos progenitores para la obtención de un pasaporte para un menor, muchos funcionarios interpretan (en ocasiones, con refrendo de sus superiores) que, al tener pasaporte, los padres autorizan a viajar al extranjero a su hijo menor de edad. Y no es así. El tener un pasaporte no faculta al menor a viajar al extranjero, si no hay una autorización expresa por parte de los padres.
Podéis encontrar el documento aquí.
**RECORDAD QUE LA AUTORIZACIÓN DE VIAJE TIENE UNA VALIDEZ DE UN MES, POR LO QUE NO LA HAGÁIS ANTES DE LA SEMANA DEL 18/12. OS FACILITAREMOS CON ANTELACIÓN SUFICIENTE LOS DATOS DE LOS ACOMPAÑANTES, QUE DEBEN REFLEJARSE EN DICHA AUTORIZACIÓN DE VIAJE**